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Prestaciones por desempleo ante fenómenos meteorológicos adversos
La Resolución de 25 de febrero de 2026 regula la tramitación electrónica de las prestaciones por desempleo aprobadas en el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, para paliar los daños de inundaciones y otros eventos climáticos graves en Andalucía y Extremadura. Esta norma agiliza el acceso a ayudas para trabajadores afectados por suspensiones de contratos o reducciones de jornada debido a fuerza mayor.
Contexto del Real Decreto-ley 5/2026
El decreto responde a emergencias meteorológicas que paralizaron sectores como la agricultura y servicios en las dos comunidades. Introduce un régimen especial de prestación contributiva del 70% de la base reguladora, sin mínimo de cotización previa ni impacto en derechos futuros, computando el tiempo como cotizado. Aplica hasta el 31 de diciembre de 2026 para solicitudes relacionadas con estos eventos.
Medidas clave para afectados
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Acceso ampliado: No requiere periodo mínimo de cotización; basta estar en situación legal de desempleo e inscrito como demandante.
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Tramitación electrónica: Gestión íntegra vía SEPE, con inscripción automática si no existe, coordinada entre servicios de empleo.
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Cuantía y duración: 70% de la base reguladora, sin consumo de derechos, extensible a ERTE por causas económicas.
Protección a colectivos vulnerables
El decreto prioriza grupos específicos:
Esta resolución facilita la respuesta rápida a la crisis, protegiendo empleos y rentas en zonas devastadas.
