El Pleno del TC desestima el recurso de amparo de una sociedad mercantil que cuestionaba que una Comunidad Autónoma no convocara un concurso de licencias de comunicación audiovisual
El Pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado hoy una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa Tribiño, que desestima la demanda de amparo presentada por Soninorte Producciones S.L contra la decisión de la Comunidad Autónoma de la Rioja que rechazó convocar concurso para la adjudicación de licencias de comunicación audiovisual. El Tribunal considera que no se ha vulnerado la libertad de expresión e información al no existir espacio radioeléctrico planificado en el que sustentar el pretendido concurso y descarta también la vulneración del principio de igualdad por el distinto entendimiento de la norma por parte de otras Comunidades Autónomas.
Este es el primer recurso de amparo que resuelve el Tribunal Constitucional de una serie de recursos en que diferentes asociaciones y sociedades mercantiles cuestionaron la decisión de distintas Comunidades Autónomas que rechazaron las solicitudes de convocar concurso de adjudicación de licencias con la argumentación que no existía reserva de dominio radioeléctrico al haber transcurrido los plazos legales.