
El Supremo aclara que la pensión de viudedad de clases pasivas pasa a ser íntegra cuando fallece uno de los beneficiarios
El Tribunal Supremo ha establecido un criterio importante respecto a las pensiones de viudedad del régimen de clases pasivas: cuando existen dos personas beneficiarias que comparten la pensión, al fallecer una de ellas, la totalidad del importe debe pasar a la persona superviviente.
Esta resolución pone fin a una situación de incertidumbre en la interpretación de la normativa y unifica doctrina en torno a los derechos de los pensionistas viudos dentro del régimen de clases pasivas del Estado.
El caso que originó la sentencia
El fallo responde al recurso presentado por una mujer a la que se le había denegado la revisión de su pensión de viudedad. La recurrente compartía la prestación con la primera esposa de su difunto marido, según la distribución establecida tras el fallecimiento de este.
Tras la muerte de la otra beneficiaria, la administración mantuvo la cuantía reducida, lo que llevó a la afectada a acudir a los tribunales en defensa de su derecho a percibir la pensión completa. Finalmente, el Supremo le ha dado la razón, confirmando que, en estos casos, la pensión debe consolidarse en su totalidad a favor del cónyuge o beneficiario que sigue con vida.
Fundamentos de la decisión
El Tribunal ha interpretado que la pensión de viudedad, en el régimen de clases pasivas, no se divide en dos pensiones distintas, sino que se trata de una única prestación compartida mientras existan varios beneficiarios. Por tanto, cuando uno de ellos fallece, no desaparece su parte, sino que se acumula al otro titular, que pasa a percibir el importe íntegro reconocido en origen.
Consecuencias del fallo
Esta decisión sienta un precedente relevante para casos similares, ya que obliga a la administración a revisar situaciones en las que se haya mantenido indebidamente la división de la pensión tras el fallecimiento de uno de los beneficiarios.
Además, el pronunciamiento refuerza la protección económica del cónyuge supérstite, garantizando que no vea reducida su prestación por razones formales o interpretaciones restrictivas de la ley.
Conclusión
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo consolida el principio de que la pensión de viudedad de clases pasivas pertenece íntegramente al beneficiario superviviente cuando desaparece el otro cotitular.
El fallo supone un avance en la seguridad jurídica de los pensionistas y una mayor claridad en la aplicación de los derechos derivados de las pensiones del Estado.