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Notas de Prensa - Noticias del Gobierno de Canarias
Presidencia
Comunicación al Parlamento de Canarias
 
En la pasada Legislatura, en el mes de mayo de 2004, el entonces Presidente del Gobierno tomó la iniciativa de emprender el proceso de reforma del Estatuto de Autonomía con la creación de un Comité Asesor y posteriormente la remisión a la Cámara, a través de una Comunicación, de un texto articulado que sirviese de documento-base a los trabajos parlamentarios de la Ponencia Institucional constituida al amparo del art. 67 del Reglamento del Parlamento.

En aquella primera Comunicación ( Boletín Oficial del Parlamento nº147, de 6 de octubre de 2004 ) se aludía a que “Con el inicio de la nueva legislatura estatal, a finales de abril de 2004, se ha planteado la decisión de acometer determinadas reformas en el bloque de la constitucionalidad que afectarían, de una parte y de forma limitada, a una reforma de la Constitución y, de otra, a reformas de los Estatutos de Autonomía en aquellas Comunidades Autónomas que lo planteen con los acuerdos necesarios y siempre desde el respeto al texto constitucional.

En Canarias, el proceso estatuyente se vio condicionado por los tiempos y acuerdos políticos de principios de los años 80, si bien la simultánea aprobación junto al Estatuto de una Ley de Transferencias Complementarias (la llamada LOTRACA) sirvió para asumir competencias en ámbitos materiales análogos a los de las Comunidades que aprobaron sus Estatutos por virtud del procedimiento del artículo 151.2 de la Constitución. Por Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre, se produjo asimismo una reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, que permitió aumentar las cotas de autonomía.

Sin embargo, el desarrollo del proceso de autogobierno, la consolidación del estatuto de región ultraperiférica europea en los propios tratados de la Unión, la necesidad de incorporar ese estatuto específico en nuestra norma institucional básica y la materialización de su contenido en las políticas estatales sobre Canarias y en nuestro régimen competencial y económico-financiero, exigen afrontar con prontitud y acierto una propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias (EAC)”.

Ese documento de trabajo elaborado por el Comité Asesor fue concluido y entregado al Gobierno, que inmediatamente lo remitió al Parlamento en diciembre de 2004. La Ponencia Institucional decidió por unanimidad aprobar la Proposición de Ley de Reforma del Estatuto tras ese trabajo para concluirla el 13 de septiembre de 2006 con la aprobación en sede autonómica, de acuerdo con el art. 64 del Estatuto vigente, de la Propuesta de Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias y su remisión a las Cortes Generales.

En febrero de 2007, el Congreso de los Diputados celebró el debate de totalidad, acordando su tramitación. EL pasado 29 de junio se cerró el plazo de presentación de enmiendas.

Sin embargo, si bien los Estatutos, dada su especial naturaleza normativa como parte del Bloque constitucional, no decaen con la terminación de la Legislatura autonómica, el inicio de la VII Legislatura del Parlamento de Canarias aconsejan un nuevo pronunciamiento de la Cámara para expresar el deseo de los canarios de contar con una Norma Institucional Básica que reconozca nuestras especificidades, profundice en nuestro autogobierno, propicie la mejora de la prestación de los servicios básicos a los ciudadanos y modernice nuestras instituciones dentro del marco constitucional.

También es necesario imprimir la necesaria celeridad a la reforma del Estatuto con el objetivo de que pueda ser aprobada en la presente legislatura estatal, pues queda todavía la tramitación en el Congreso y en el Senado y, en caso de introducir modificaciones sustanciales, su remisión de nuevo al Parlamento de Canarias para aceptarlas, proponer otras alternativas o desistir de la reforma, conforme al art. 64.2 del vigente Estatuto.

Como quiera que una norma de esta naturaleza aconseja el mayor de los consensos posible, el Gobierno de Canarias -cumpliendo con el compromiso asumido por su Presidente en el debate de investidura- y dado que el acuerdo alcanzado entre las fuerzas políticas que lo sustentan y que se concreta en las enmiendas conjuntas presentadas en el Congreso de los Diputados respeta el contenido básico del texto remitido adecuándolo mejor al marco constitucional , entiende necesario propiciar un acuerdo de mayor alcance en el Parlamento de Canarias para promover que las Cortes puedan concluir la tramitación en la presente Legislatura estatal.

Ese acuerdo, en esencia, se concreta en:

- La definición de Canarias como Archipiélago Atlántico, en el marco de la unidad de la nación española.

- El deber de los poderes públicos de adaptar sus políticas a la lejanía, insularidad y ultraperifericidad de Canarias.

- La inclusión del mar que conecta las islas y el espacio aéreo como ámbito espacial de Canarias, sin perjuicio de la demanialidad de dichos bienes; la definición de las aguas interinsulares a partir del perímetro del Archipiélago, delimitado de acuerdo con el polígono de líneas de base rectas que unan los puntos extremos de las islas, así como el ejercicio de las competencias atribuidas estatutariamente sobre dichos espacios.

- La incorporación al texto estatutario de competencias sobre las materias incluidas en la propuesta de LOTRACA (puertos y aeropuertos de interés general, comercio exterior, sanidad exterior, telecomunicaciones, gestión del litoral, inmigración y facultades normativas sobre el REF).

- La mejora del régimen de los Cabildos;
- La regulación de la Justicia conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Las garantías y contenidos del REF y el ejercicio de la acción exterior de la Comunidad acordes con la interpretación del marco constitucional
- Propiciar que la definición del sistema electoral se regule por una ley del
Parlamento de Canarias.
 
 
 
   
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